Última actualización: Diciembre 01, 2010 11:44
A Partir del año 2003 el Dpto. de Obras Particulares ha sufrido un cambio importante en su funcionamiento, ampliando sus atribuciones para el seguimiento y control de la actividad de la construcción privada en el Partido de Patagones según se detalla a continuación:
Con la recepción de toda la documentación exigida por Decreto Municipal Nº 303/05 que abajo se detalla, en nuestras oficinas se elimino el peregrinar de los profesionales; otorgándoles el beneficio de una misma ventanilla de reclamos donde se inicia, revisa y liquida todos los expedientes incluyendo los específicamente relacionados con Catastro Municipal como Mensuras, subdivisiones etc.
Al ingresar se agrega la planilla siguiente de control de contenido según sea Obra a Construir o Medición de Obra dándose el visto bueno para iniciar el expediente si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la misma. Sirviendo luego como hoja de ruta del expediente por las distintas dependencias Municipales como la Subdirección de Catastro (en todo lo que se refiere a la faz geométrica de los terrenos y su propiedad).
Luego reingresa al Dpto. de Obras Particulares para verificar el cumplimiento del Código de Edificación Ordenanza 693/80 y el Código Contravencional Ordenanza 110/92 girándose a la S.P.A.U. donde se verifica el cumplimiento del Código Urbanístico en Carmen de Patagones y las correspondientes Delimitaciones preliminares de áreas en las localidades del interior del Partido.
En caso de observaciones de la S.P.A.U y/o de este Dpto. en obras a construir se exige la reformulación del proyecto. Si ya se encuentra construido corresponde el envío de las documentaciones observadas con infracción a los Códigos arriba mencionados al Sr. Juez de Falta Municipal, para que se apliquen las multas correspondientes fijadas en el Código Contravencional (se adjunta esquemas de graduación de multas propuestos el Dpto. de Obras Particulares y la S.P.A.U). Al notificarse de la infracción el propietario este podrá presentar descargo escrito ante la S.P.A.U.
Una vez resuelto por el Sr. Juez de Falta Municipal con aplicación o no de multas el expediente es devuelto al Departamento de Obras Particulares para proseguir el trámite normal. Aquí cabe aclarar las diferencias establecidas por el Consejo Asesor de Obras Particulares (creado a partir del año 2005 por Decreto 649/04 Consejo Asesor de Obras Particulares como ente superior conformado por los Colegios Profesionales, un representante del HCD y el Director de Inspección General) creando dos categorías a saber:
A los expedientes que cumplimenten toda la documentación sin observaciones se le coloca la leyenda APROBADO; en cambio en los expedientes que contengan alguna observación y/o envío al Juez de Falta se le coloca la leyenda VISADO CON OBSERVACIONES.
Las liquidaciones y cobro de la Tasa en concepto de Derechos de Construcción se realizan en este Dpto. obteniéndose de multiplicar la superficie construida y/o a construir por el valor del m2 según categoría ( VER CUADRO establecido para la zona por la provincia) obteniéndose un valor teórico de la obra, por la tasa fijada por la Ordenanza Impositiva vigente ( del 0.5% para Obras a Construir y del 3% para Obras sin Permiso Municipal o Mediciones de Obra) por el porcentaje de Adecuación de Obra por antigüedad que se establece de la siguiente forma:
| Vivienda sin permiso | Categoría C | Tasa derechos | Adecuación antigüedad | Total |
| 100 m2 | 680 $/m2 | 3% | x 1 = | $2040.00 |
| Tipo | Categoría | $/m2 |
|---|---|---|
| Vivienda | A | 1340 |
| B | 960 | |
| C | 680 | |
| D | 430 | |
| E | 270 | |
| Comercio | A | 1040 |
| B | 820 | |
| C | 580 | |
| D | 420 | |
| Industria y Depósito | B | 660 |
| C | 430 | |
| D | 340 | |
| E | 210 | |
| Sala de espectáculos | A | 810 |
| B | 640 | |
| C | 470 |
La liquidación de derechos de construcción se abona en el dto. de Obras Particulares al contado con un 10% de descuento (en el caso de Obras a Construir) o se solicita un Plan de Pagos, que consiste en un adelanto del 30% y cuatro cuotas iguales y consecutivas. Al firmar el respectivo convenio de pago en Rentas Municipal y abonada la primera cuota se hace entrega de copia aprobada de la documentación.
La firma de Actas Convenio permite regularizar administrativamente los casos en que no se cuenta con documentación de obra y se dividen en Actas de Regularización con presentación espontánea antes de comenzar con los trabajos de construcción y Acta de Regularización de Obra sin Permiso Municipal.
El plazo fijado es de Noventa (90) días con posibilidad de ampliación por sesenta (60) y finalmente por treinta (30) adicionales.
Los requisitos para la firma son:
En los convenios de presentación de planos para Habilitación Comercial regulado por Ordenanza 554/90 se otorga un plazo de Ciento Ochenta (180) días renovables por otro igual siendo los requisitos para la firma ídem a los otros convenios.
La metodología utilizada por este Dpto. para verificar el cumplimiento de los plazos, es común para todas las tramitaciones y consiste:
Excepciones en los casos que el firmante aduzca falta de recursos para cumplir con las presentaciones se giran las actuaciones con relevamiento fotográfico a la Dirección de Acción Social para que efectúe la correspondiente encuesta socioeconómica.
El presente es solo un somero resumen a titulo informativo de las funciones que cumple este Departamento sin considerar otros como permisos de Obras de infraestructura en la vía Publica, el otorgamiento de Planos municipales Tipo, las cedulas de notificación , etc.
El Consejo Asesor de Obras Particulares fue creado el 01 de Agosto de 2004 y surge ante la necesidad de un efectivo control de las construcciones clandestinas.
Los miembros del Consejo Asesor son designados por acto dictado por el Departamento Ejecutivo y en su caso, conforme a la propuesta presentada por órganos ajenos a su área.
Dicho Consejo está integrado por ocho miembros:
Todos ellos permanecerán en el cargo por el término de sus mandatos; y sus funciones en el Consejo Asesor no serán remuneradas.
El Consejo Asesor está presidido por el Subsecretario de Riego y Planificación y debe regirse para sus decisiones y demás actos, por las normas determinadas en el Estatuto de funcionamiento.
El Consejo Asesor se reúne los 1º y 3º Martes de cada mes a las 8.30 horas, en la Subsecretaría de Riego y Planificación, para el tratamiento de los expedientes incorporados al orden del día, registrando sus dictámenes en actas firmadas por sus integrantes, en un libro rubricado y foliado.
Artículo 1 - El consejo Asesor de Obras Particulares, tendrá los siguientes objetivos:
Artículo 2 - El Consejo Asesor deberá reunirse por lo menos una vez por mes. En caso de exigirlo las circunstancias el Presidente por sí o por pedido de dos de sus miembros deberá convocar a sesión extraordinaria, dentro de los diez días hábiles de recibida la solicitud.
Artículo 3 - Los miembros del Consejo Asesor, conformado según lo dispuesto por la Ordenanza y Decreto de creación, tendrán voz y voto.
Para sesionar válidamente será indispensable la presencia de más de la mitad de sus miembros, tomándose las resoluciones por simple mayoría de votos de los presentes, en caso de empate el Presidente ejercerá su derecho a doble voto.
Artículo 4 - Constituyen atribuciones y deberes del Consejo Asesor:
| Año | Presupuesto | Liquidación | Porcentaje sobre presupuesto | Porcentaje sobre año anterior |
|---|---|---|---|---|
| 2002 | $ 17.510,00 | $ 7.343,57 | 41,94 | --- |
| 2003 | $ 15.511,65 | $ 21.036,33 | 135,62 | 286,46 |
| 2004 | $ 15.508,86 | $ 52.318,88 | 337,35 | 248,71 |
| 2005 | $ 25.000,00 | $ 60.255,69 | 241,02 | 115,17 |
| 2006 | $ 60.000,00 | $ 69.491,97 | 115,82 | 115,33 |
| 2007 | $ 57.000,00 | $ 95.351,12 | 167,28 | 137,21 |
| 2008 | $ 95.975,00 | $ 101.951,40 | 106,23 | 106,92 |
Total de Presentaciones - Ampliar
Total de metros cuadrados presentados - Ampliar
Municipalidad de Patagones - Secretaría de Obras y Servicios Públicos - Área de Informática
Contacto: webmaster@patagones.gov.ar - Terminos de Uso
2007-2012
www.patagones.gov.ar
Municipalidad de Patagones - Secretaría de Obras y Servicios Públicos - Subsecretaría de Riego y Proyectos de Desarrollo
Área de Informática