Última actualización: Diciembre 21, 2011 12:33

Secretaría de Hacienda

Administrar los fondos del Municipio y el principal compromiso que se genera a partir de ello es mantener informado al ciudadano sobre el quehacer municipal en relación a la distribución del gasto y a la situación financiera.

Estudiar las fuentes de recursos y su aplicación en la esfera municipal.

Programar, coordinar, ejecutar y supervisar el cumplimiento de la política tributaria y fiscal.

Entender en las contrataciones de suministros y provisiones del municipio.

Intervenir en la elaboración y aplicación de la política salarial de la comuna.

Analizar la incidencia de los gastos municipales ejecutados por las diferentes áreas.

Tesorería

La Tesorería es el órgano encargado de la custodia de los fondos municipales, los que serán recibidos por el tesorero, previa intervención de la Contaduría.

El Tesorero deberá registrar diariamente en el libro de Caja la totalidad de los valores que reciba, clasificados según su origen y los depositará en las pertinentes cuentas del Banco, sin retenerlos en su poder más de veinticuatro (24) horas, con la salvedad correspondiente a días feriados.

No practicará pago alguno sin orden emitida por el Departamento Ejecutivo con firma del Intendente refrendada por el Secretario, e intervenida por la Contaduría.

El Tesorero deberá presentar diariamente, con visación de la Contaduría al Departamento Ejecutivo, un balance de ingresos y egresos, con determinación de los saldos que mantenga en su poder.

Contador Municipal

Tener la contabilidad al día y dar balances en tiempo oportuno para su publicación.

Practicar arqueos mensuales de Tesorería, conciliar los saldos bancarios con los municipales y denunciar inmediatamente toda falla al Departamento Ejecutivo.

Controlar la entrega de valores con cargo a los recaudadores, realizar arqueos mensuales de sus cuentas y poner inmediatamente en conocimiento del Departamento Ejecutivo las diferencias que determine.

Informar todos los expedientes de créditos suplementarios, ampliaciones y deducciones del presupuesto de gastos, dictaminando acerca del carácter legal de tales operaciones y de las posibilidades financieras de las mismas.

Intervenir los documentos de egreso e ingreso de fondos a la Tesorería.

Expedirse en todas las actuaciones vinculadas a las actividades económico-financieras del municipio.

El contador municipal no dará curso a resoluciones que ordenen gastos infringiendo disposiciones constitucionales, legales de ordenanzas o reglamentarias. Deberá observar las transgresiones señalando los defectos de la resolución que ordene el gasto, pero si el Departamento Ejecutivo insistiera en ella por escrito, le dará cumplimiento quedando exento de responsabilidad. Esta se imputará a la persona del Intendente.

Departamento de Compras

El Jefe de la Oficina de Compras, con asesoramiento de las reparticiones técnicas en los casos necesarios, tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad, el diligenciamiento de los suministros que deban efectuarse a la Municipalidad con arreglo a las normas establecidas para la adquisición directa, el concurso de precios y las licitaciones públicas y privadas.

Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad.

Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos.

Agencia de Recaudación Municipal

Lograr mayor eficiencia y acercar los servicios al contribuyente, quien tendrá acceso a una atención más personalizada de sus trámites.

De ella dependen:

Subsecretaría de Ingresos

Diseñar una eficaz y eficiente política fiscal y tarifaria municipal.

Implementar y coordinar la acción de las dependencias intervinientes en el proceso de recaudación, de contribuciones y tasas municipales y ejecución de los ingresos generales.

Sistematizar y luego expedirse sobre el estado de deudas de los contribuyentes y la aplicación de las normas en materia fiscal.

Coordinar métodos ágiles para la práctica del control de recaudación.

Evaluar y realizar la fiscalización en materia tributaria de los contribuyentes.

Asegurar la aplicación de la Ordenanza Fiscal Tarifaria en el cálculo de las Tasas y contribuciones municipales.

Organizar la emisión y distribución de las obligaciones fiscales municipales a los contribuyentes municipales.

Aplicar intereses, recargo por mora y multas conforme a las disposiciones de la normativa vigente en materia fiscal municipal.

Emitir certificaciones de deudas contributivas y realizar notificaciones administrativas sobre el estado de dichas deudas.

Ejercer la fiscalización de las obligaciones contributivas determinados por la Municipalidad.

Intervenir en todas las tramitaciones que involucren el cobro o eximisión del pago de las tasas y contribuciones municipales.

Emitir informes sobre tendencia y evaluación de la recaudación.

Llevar el control de los grandes contribuyentes municipales.

Actuar como órgano de emisión de las licencias de conductor, sean estas originales, duplicados, renovación, ampliación, etc.

Llevar a cabo la fiscalización y control del pago de todos los tributos correspondientes (municipales y/o provinciales).

Subsecretaría de Política Tributaria y Fiscal

Gerencia de Mora y Apremios

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